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Tortuga leopardo

Se intervienen siete reptiles por carecer de documentación que ampare su legal tenencia y dos cotorras por carecer de autorización

02 de enero de 2024.- Agentes de la Guardia Civil pertenecientes al Equipo de Protección de la Naturaleza (SEPRONA), han llevado a cabo labores de investigación para el control de tráfico ilegal de especies amenazadas y protegidas, realizando un control y fiscalización de especímenes animales y vegetales que tengan algún tipo de protección especial o restricción de entrada en el territorio nacional.

Los agentes inspeccionaron en una vivienda en el municipio de Candelaria, más de 30 aves y nueve reptiles. Solicitando colaboración a la Fundación Neotrópico, para identificar los animales que están afectados por alguna protección o estén incluidos en el Reglamento relativo a protección de fauna y flora silvestre.

Como resultado de  esta inspección se investiga a una persona, vecina del municipio de Candelaria, acusada de un delito contra la flora y la fauna, por la adquisición o posesión de especímenes silvestres con algún tipo de protección, sin documentar, proponiéndola para cinco denuncias administrativas, una  a la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, dos a la Ley 8/1991, de protección de los animales y dos a la Ley 8/2003 de Sanidad Animal.

Finalmente se intervienen un total de siete reptiles, por carecer de documentación que ampare su legal tenencia y dos cotorras de Kramer, por carecer de autorización.

Legislación

Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

  •  a) Infracciones leves, con multas de 100 a 3.000 euros.
  • b) Infracciones graves, con multas de 3.001 a 200.000 euros.
  • c) Infracciones muy graves, multas de 200.001 a 2.000.000 de euros, sin perjuicio de que las comunidades autónomas puedan aumentar el importe máximo.

Ley 8/1991, de 30 de abril, de protección de los animales.

  • a) Infracciones leves, con multas de 30 a 150 euros.
  • b) Infracciones graves, con multas de 151 a 1.500 euros.
  • c) Infracciones muy graves, multas de 1.501 a 15.000 euros.

Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.

  • a) Infracciones leves, con multas de 600 a 3.000 euros.
  • b) Infracciones graves, con multas de 3.001 a 60.000 euros.
  • c) Infracciones muy graves, multas de 60.001 a 1.200.000 de euros

ASOCIACIÓN HISTÓRICO-CULTURAL "FIEL en el DEBER"