El 9 de abril de 1878, Su Majestad el Rey Alfonso XII dispuso que los funcionarios del Ministerio Fiscal pudieran, siempre que lo consideraran conveniente, comunicarse con los mandos de la Guardia Civil, con el fin de que éstos les prestasen apoyo en aquellos servicios que se estimaran procedentes y les mantuvieran informados de los datos y noticias que se requiriesen para la averiguación de los delitos y la captura de sus autores.
La Guardia Civil depende del Ministerio del Interior en cuanto a los servicios, retribuciones, destinos y medios y del Ministerio de Defensa en lo referente a ascensos, situaciones administrativas y misiones de carácter militar.
Además, en el marco de las misiones encomendadas al Cuerpo en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, tiene importantes relaciones de dependencia respecto de los Jueces, de los Tribunales y del Ministerio Fiscal, en sus funciones de policía judicial, así como con otras autoridades y departamentos, como el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y con el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico en las funciones propias de protección de la naturaleza; con el organismo autónomo de la Dirección General de Tráfico, con motivo de su relación con la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil; con el Ministerio de Hacienda relativas al resguardo fiscal del Estado y vela por el cumplimiento de las normas y reglamentos relacionados con los diferentes órganos de la administración central, autonómica y local.









































































