El 27 de abril de 2007, una operación conjunta de la Policía británica y de la Jefatura de Información de la Guardia Civil finalizó con la detención tres miembros de ETA en Sheffield (norte de Inglaterra). Los detenidos fueron Zigor Ruiz Jaso, Íñigo María Albisu Hernández y Ana Isabel López Monje.
La Jefatura de Información inició las investigaciones en Francia, en colaboración con Renseignements Généraux de la Policía francesa y las mismas concluyeron con la localización de Ruiz Jaso en la citada ciudad inglesa, donde residía en compañía de los otros dos miembros de la organización terrorista.
Una vez constatadas sus identidades y circunstancias, con la participación y colaboración de los Servicios de Seguridad y Fuerzas Policiales del Reino Unido, desde la Audiencia Nacional se cursaron a las autoridades londinenses las Órdenes Europeas de Detención, así como una Comisión Rogatoria Internacional. Estas actuaciones posibilitaron la detención de los tres miembros de ETA con la intervención de la Policía de South Yorkshire y la Unidad Contraterrorista de Leeds.
Las investigaciones realizadas permitieron determinar que los detenidos estaban integrados en los “Taldes de reserva” de ETA, estructura encargada de acoger a los miembros de ETA huidos y su posterior encuadramiento en estructuras de la organización terrorista, incluidos comandos armados, siendo precisamente la integración en un comando el destino futuro de los detenidos. Por lo tanto, esta operación contraterrorista permitió evitar que un comando de ETA se instalara en España y constituyó la primera operación específica contra ETA en el Reino Unido.
El 17 de agosto, el Tribunal de Westminster (centro de Londres) aprobó la extradición a España de los detenidos, la cual finalmente se haría efectiva el 8 de enero de 2008, ingresando los tres en prisión en España.
En enero de 2012 la Audiencia Nacional condenó a Zigor Ruiz e Íñigo María Albisu a 11 años de prisión a cada uno de ellos por un delito de integración en organización terrorista y un delito continuado de terrorismo en su modalidad de falsedad de documento oficial. En la misma sentencia, Ana Isabel López fue condenada a seis meses de prisión por falsedad de documento oficial.











































































