El 16 de septiembre de 1870 se dicta una Orden que encomienda a los individuos de la Guardia Civil el reconocimiento de las vías férreas, así como la vigilancia de los trenes ordinarios de viajeros y de mercancías.
En la década de los años 60 del siglo XIX, el ferrocarril alcanzó su auge con una considerable progresión en su tejido radial a lo largo del territorio nacional. Unido a este crecimiento, no tardarían en surgir problemas ligados a su seguridad, lo que conllevó que se adoptaran medidas más eficaces para que la Guardia Civil y las distintas autoridades ejercieran una intensa vigilancia para prevenir cualquier clase de acto ilícito.
Unos años antes, durante los primeros servicios ferroviarios que tuvieron lugar en España, se tuvo presente desde el primer momento la posibilidad de delegar a la Guardia Civil la seguridad de los trenes y la vigilancia de los establecimientos ferroviarios, sus instalaciones e infraestructura de vías y ante todo, la protección de los viajeros, conocido como la “escolta de los trenes”, sin perjuicio de la conducción de presos, protección de caudales y valijas por ferrocarril, así como del auxilio en accidentes y la vigilancia sobre túneles, puentes, pasos a nivel y mercancías.
Con el continuo desarrollo de este tipo de servicios se llegó a crear una unidad destinada en exclusiva a estos cometidos para poder abarcar todas las líneas férreas del territorio nacional. De hecho, entre 1933 y 1934, llegó a existir un Tercio de Ferrocarriles en el seno de la Guardia Civil -compuesto por dos Comandancias, una en Zaragoza, para las líneas férreas del norte de España y otra en Córdoba, para las del sur-, con seis Compañías cada una.
Tras su disolución y con la llegada de los Tercios móviles se mantuvo una sola Compañía de Ferrocarriles, que abarcaba Zaragoza-Madrid-Alicante, dirigida a perseguir los robos de productos que venían sucediendo en las estaciones y vagones de los trenes, la cual desapareció con el inicio de la guerra civil española.
Actualmente, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros Cuerpos policiales atendiendo a su demarcación territorial, así como a otras entidades, públicas y privadas, la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad atribuye específicamente a la Guardia Civil la “custodia de vías de comunicación terrestre, costas, fronteras, puertos, aeropuertos y centros e instalaciones que por su interés lo requieran”.