El 20 de noviembre de 1901, mediante Real Orden, se encomienda a la Guardia Civil la facultad de exigir a los conductores que circulen por las carreteras del Estado la presentación del correspondiente permiso y del documento que acredite la habilitación del vehículo para circular, considerando que los automóviles debían reunir una serie de condiciones técnicas, ser manejados por hábiles conductores y no exceder en su marcha de ciertas velocidades a fin de evitar accidentes.
Una de las principales preocupaciones del Duque de Ahumada al crear la Guardia Civil fue la de garantizar la libre circulación por nuestras vías públicas. Tal es así, que ya en el Reglamento de Servicio de 9 de octubre de 1844 se ordenaba que existiesen continuas “rondas en los caminos” y que en ellos, así como en los portazgos y barcajes, se exigiese la más estricta observancia de las leyes.
Por su parte, mediante Decreto de 13 de mayo de 1857, se publicaba el Reglamento para el servicio de los carruajes destinados a la conducción de viajeros, en el que establecía que los “gobernadores de las provincias, los alcaldes, los empleados de vigilancia y la Guardia Civil cuidarán con especial esmero de la observancia del mismo”. La Inspección General de la Guardia Civil, por medio de la Circular de 26 de junio del mismo año, ordena que la ejecución de las misiones contenidas en aquél, se encomendaran a la Guardia Civil en todo el territorio nacional.
La vigencia de dicho Reglamento se prolonga hasta el 31 de julio de 1897, año en el que se aprueba el Reglamento para el servicio de coches automóviles por las carreteras. Estas disposiciones fueron la fuente de los posteriores Códigos, tales como el de 27 de julio de 1918, conocido con el nombre de Reglamento de Circulación de Automóviles y el Reglamento para la Circulación de vehículos con motor mecánico, aprobado por Real Decreto de 16 de julio de 1926.
Posteriormente se redactó “El Manual de Formularios y Atestados” y el 25 de septiembre de 1934 se promulgaría por Decreto el primer Código de la Circulación, con 304 artículos, que constituye el texto legal regulador de todo lo concerniente al tráfico rodado.
En la actualidad, la persona titular del Ministerio del Interior ejerce sus competencias sobre el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico a través de la Dirección General de Tráfico. Hoy en día, la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil se estructura en 15 Sectores, 38 Subsectores y 196 Destacamentos, en los que se integran 10.500 hombres y mujeres que realizan anualmente más de 456.000 patrullas preventivas en materia de Seguridad Vial y recorren algo más de 102 millones de kilómetros por las carreteras españolas. Durante las mismas, una parte importante de su actividad está destinada a socorrer a quienes hacen uso de las vías de comunicación, con más de 231.000 auxilios y servicios humanitarios al año.