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El 4 de marzo de 2014, el Director General del Cuerpo dictó la Orden General número 4 por la que se reestructuran las unidades de la Agrupación de Tráfico y se hace coincidir su organización periférica con las comunidades autónomas en las que la Guardia Civil tiene competencias en materia de seguridad vial.

Esa estructura, que se mantiene en la actualidad, quedó en 15 Sectores (todas las comunidades, salvo Cataluña y el País Vasco) y 38 Subsectores.

Los orígenes de la especialidad datan de la Ley 47/1959, de 30 de julio, sobre regulación de la competencia en materia de tráfico en el territorio nacional, que atribuye la función de vigilancia de carreteras y vías públicas al Cuerpo de la Guardia Civil. Consecuentemente, la Dirección General, con fecha 26 de agosto de 1959, creó la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (Orden General nº. 32).

En la actualidad, según el artículo 12 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la Guardia Civil es la responsable de ejercer la custodia de vías de comunicación terrestre, costas, fronteras, puertos, aeropuertos y centros e instalaciones que por su interés lo requieran. Todo ello sin perjuicio de las competencias que tengan asumidas las comunidades autónomas a través de su propios Estatutos y, además, de las asignadas al Ministerio del Interior.

Los hombres y mujeres de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil realizan anualmente más de 400.000 patrullas preventivas en materia de seguridad vial con el objetivo de proteger a los usuarios de las vías de circulación. Durante las mismas, una parte importante de su actividad rutinaria está destinada a socorrer a la ciudadanía, con más de 200.000 auxilios humanitarios al año, de forma que se contribuye a mantener e impulsar así el carácter benemérito del Cuerpo.