La Audiencia de Cádiz sobresee el procedimiento contra el general jefe de Andalucía y el coronel de la Comandancia en Cádiz
La Audiencia Provincial de Cádiz ha archivado la causa abierta a altos mandos de la Guardia Civil después de que dos agentes murieran el pasado 9 de febrero en el puerto de Barbate tras ser arrollados por una narcolancha.
El general jefe de la Guardia Civil de Andalucía, y el coronel de la Comandancia en Cádiz fueron denunciados por un delito contra la seguridad y la salud en el trabajo (artículo 316 del Código Penal) y por los delitos de homicidio y lesiones imprudentes (artículo 142 y 152) como “responsables de haber dado la orden en el operativo de Barbate” que acabó con dos guardias civiles fallecidos.
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz considera que los jefes del Instituto Armado denunciados no tienen responsabilidad penal alguna en el trágico suceso ocurrido en el recinto portuario barbateño a principios de año. El dictamen de la Audiencia es firme y contra el mismo no cabe recurso.
La pieza paralela a la que instruye el asesinato de los agentes David Pérez y Miguel Ángel Gómez partió de una querella interpuesta por la AUGC contra los citados altos mandos de la Benemérita, una denuncia a la que se sumaron otras entidades que representan los intereses del Instituto Armado, así como familiares de las víctimas.
Así, durante el desarrollo de las pesquisas practicadas durante la instrucción de la causa laboral del caso Barbate, el pasado 8 de julio la Fiscalía de Cádiz se mostró contraria a investigar a los citados mandos, como ya hiciera el 16 abril, cuando solicitó el sobreseimiento de las actuaciones iniciadas.
Precisamente, a la hora de decretar el archivo del procedimiento judicial abierto contra los jefes de la Guardia Civil, el tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia de Cádiz ha valorado y hecho suyos los criterios y argumentos expuestos por el Ministerio Fiscal en su auto de 8 julio.
La Audiencia Provincial, al igual que la Fiscalía, entiende que no se puede imputar a los altos mandos el delito de homicidio imprudente por cuanto hay una ruptura del "nexo causal" entre la muerte de los agentes y las decisiones que pudieron adoptar los jefes respecto al operativo desplegado aquella noche en el recinto portuario de Barbate.
Del mismo modo, la Audiencia de Cádiz considera que la actuación desarrollada por los guardias civiles en la localidad jandeña no tiene encaje en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, ya que las acciones emprendidas por la Benemérita para mantener y velar por la seguridad ciudadana que conllevan un riesgo intrínseco inherente a su profesión se rigen por otra normativa laboral específica.
A partir de unas imágenes aportadas al procedimiento tras la inspección técnico ocular llevada a cabo por el Instituto Armado en el lugar de los hechos, se pudo constatar el estado en el que quedó la zódiac de la Benemérita, de unos cinco metros, tras ser embestida por la narcolancha de catorce metros en el puerto de Barbate. Asimismo, en otras imágenes captadas durante la misma inspección quedó constancia de los medios de los que dispusieron esa noche los guardias civiles que viajaban a bordo de la zódiac: chalecos, cascos, gomas y un arma corta que se estropeó tras algunos disparos al aire.