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El conductor ya fue investigado en dos ocasiones en los últimos meses, lo que motiva el comiso del vehículo.

04 de octubre de 2023. La Guardia Civil detecto un vehículo que anteriormente había sido utilizado por un usuario que presentaba la pérdida de vigencia del permiso de conducción, hecho que propició la parada e identificación del conductor.

Tras la identificación del conductor de 23 años, se pudo constatar que éste tenía vigente la pérdida de vigencia del permiso y que ya había sido investigado recientemente por los mismos hechos.

Analizando las causas se aprecia una multirreincidencia en la comisión de este tipo de delitos por parte del investigado (tres delitos en corto espacio de tiempo), por lo que se procede al comiso cautelar del vehículo, utilizado tanto en esta, como en ocasiones precedentes. A tal efecto, se instruyeron las diligencias que fueron remitidas al Juzgado de Vilalba (Lugo).

La legislación vigente permite la intervención de los vehículos utilizados en la comisión de delitos contra la seguridad vial, cuando se observe multirreincidencia en la comisión delitos tipificados en los artículos 379 y 384 (excesos de velocidad, conducción bajo los efectos de alcohol o drogas y conducción sin permiso de con pérdida de puntos o privación judicial del mismo), e incluso con carácter excepcional en los supuestos de la comisión de un único delito cuando las tasas, influencia o exceso sea de extraordinaria gravedad y generadoras de un intenso

peligro. Asimismo, esta medida, puede llevarse a cabo en aquellos casos de conducción manifiestamente temeraria, como las carreras ilegales.

Desde la Guardia Civil se recuerda que, los agentes encargados de la vigilancia y control del tráfico, establecen una estrecha vigilancia a todos los conductores que por su habitualidad en el incumplimiento de las normas de tráfico ponen en alto riesgo la seguridad vial. Por parte de la Guardia Civil se vigila y se hace un especial seguimiento a aquellos conductores que tienen estas conductas de riesgo de forma reiterada.

La Guardia Civil recuerda que además de las posibles sanciones económicas, este tipo de conductas puede traer aparejado el ingreso a prisión, y además del comiso del vehículo (incluso aunque éstos no sean de titularidad del detenido) tal y como establece el artículo 127 del Código Penal, en relación con el artículo 385 bis, al considerar el vehículo a motor o ciclomotor utilizado instrumento del delito.

ASOCIACIÓN HISTÓRICO-CULTURAL "FIEL en el DEBER"