El 13 de diciembre de 1850, Francisco Javier Girón y Ezpeleta, II duque de Ahumada y fundador del Cuerpo, remite una Circular relativa a los guardias de primera clase, cuyos nombramientos pasaron a ser competencia del Inspector General, en la que se determinaba que, como futuros mandos, estos prestarían sus servicios cerca de oficiales a fin de perfeccionar su instrucción, procurando que solo existiera uno por Puesto.
Desde la fundación del Cuerpo, la figura del guardia de primera clase fue concebida como recompensa de un servicio especial, cuyo nombramiento conllevaba más categoría y sueldo y en la que no solo se tuvo presente reconocer la antigüedad y el mérito, sino la creación de una clase intermedia entre guardias y cabos para sustituir a estos en determinados casos.
La vigente Ley de Régimen de Personal de la Guardia Civil agrupa a los miembros de la Escala de Cabos y Guardias ordenados por empleos, criterio esencial en la organización jerarquizada de la Guardia Civil y dentro de estos por antigüedad, quienes accederán desde el empleo inmediato superior de la siguiente manera:
- Cabo Mayor (elección)
- Cabo Primero (antigüedad)
- Cabo (concurso- oposición)
- Guardia Civil
Actualmente, con carácter transitorio, la propia norma contempla dentro del empleo de guardia civil, como distinción, el grado militar de Guardia Civil de Primera, sin que ello suponga efectos retributivos ni reconocimiento de mayor antigüedad a efectos de dirección del servicio ni sucesión en el mando.











































































