
Siendo Director General del Cuerpo el Teniente General D. José Luis Aramburu Topete, mediante Real Decreto 1970/1983, de 22 de junio, se regula la adquisición de la consideración de Suboficial para las clases de tropa del Instituto, a partir de los seis años de servicio ininterrumpidos en dicho Cuerpo
Los Cabos tendrían esa consideración desde el día de alcanzar ese empleo, si antes no lo hubieran obtenido.
Esta distinción suponía para los interesados el mismo tratamiento y consideración que los Suboficiales, si bien no comportaba derechos económicos o jerárquicos y, por tanto, no variaba las condiciones de subordinación respecto a los componentes del Cuerpo de Suboficiales, ni su sistema retributivo.
Con ello se hacía justicia con los guardias civiles por su abnegación, entrega, constancia y fidelidad en el servicio y se daba satisfacción a un antiguo y noble anhelo de los integrantes del Cuerpo.










































































