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El día 15 de diciembre de 1868, dada la proximidad de unas elecciones municipales y constituyentes y considerando que la verdadera misión de la Guardia Civil es la persecución de delincuentes, así como la protección de personas y propiedades, el Director General del Cuerpo, el Teniente General Francisco Serrano Bedoya, remite una circular ordenando a sus miembros vivir alejados y abstenerse de inmiscuirse en asuntos de naturaleza política, bajo apercibimiento de sanción, por leve que fuera su conducta.

El objetivo de Serrano Bedoya era conseguir un profesional volcado en la seguridad pública y una oficialidad con el sentido de equidad para sus subordinados, que no permitiera abusos y arbitrariedades en el ejercicio del mando.

A pesar de que los reglamentos de la Guardia Civil ya contemplaban la prohibición de asociación o reunión con fines políticos, fue a partir de este instante cuando se aplicó más claramente. Serrano Bedoya se encargó de recordarlo a sus subordinados, en especial cuando las circunstancias del país podían influir en sus hombres.

En la actualidad, en concordancia con su régimen disciplinario, la normativa reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil estipula que los miembros del Cuerpo no podrán fundar ni afiliarse a partidos políticos o sindicatos ni realizar actividades políticas o sindicales, debiendo actuar con absoluta neutralidad política y sindical en el cumplimiento de sus funciones. En el mismo sentido, el reciente Código de Conducta dispone que serán plenamente respetuosos con todas las opciones ideológicas y políticas, manteniendo neutralidad en esta materia, alejados del discurso político y del debate partidista.