El 15 de enero de 1895, cuatro hombres armados y enmascarados trataron de robar a Pablo la Fuente, vecino de Sasamón (Burgos), hiriendo gravemente a su nieto, acudiendo al punto del suceso el cabo del puesto de la localidad con cuatro guardias a sus órdenes, quienes después de seguir varias pesquisas lograron capturar a los sujetos enmascarados, poniéndolos a disposición de la Autoridad Judicial.
Actuaciones de esta índole ponen de manifiesto la importancia de la colaboración ciudadana para que la Guardia Civil tenga puntual conocimiento de los acontecimientos que ocurren en su demarcación, habiendo prevenido ya el Duque de Ahumada en su momento esta circunstancia:
“He observado que los Comandantes de puesto al comunicar a sus Jefes algunos partes, suelen citar el nombre de las personas de quienes han recibido avisos para la persecución de malhechores u otro servicio parecido. Debe ser una regla constante en la Guardia Civil, nunca citar los nombres de quien se reciben los avisos, porque si la comunicación se extravía, pueden seguirse gravísimos perjuicios al que ha prestado el servicio de denunciar delincuentes”.
Actualmente, la Ley Orgánica 19/1994, de 23 de diciembre, de protección a testigos y peritos en causas criminales, establece una serie de medidas de protección aplicables a quienes en calidad de testigos o peritos intervengan en procesos penales.









































































