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El día 5 de marzo de 1874, el Gobierno autorizó al Director General de la Guardia Civil restablecer la participación en las vacantes del Cuerpo a las clases del Ejército desde el empleo de sargento primero al de capitán, incluído.

La opción de que los miembros del Ejército (actual Ejército de Tierra) pudieran integrarse en la Guardia Civil, como venía siendo habitual desde la fundación de este Cuerpo en 1844, fue suprimida en octubre de 1868 tras la disolución de la Guardia Rural y la integración de su personal en la Guardia Civil, lo que dio lugar a un periodo de adaptación en el que las clases de Ejército no pudieron pasar a formar parte del personal del Cuerpo.

La Guardia Rural fue un cuerpo de seguridad que apenas existió ocho meses durante el año 1868. Creada por Ley de 31 de enero de 1868, la Guardia Rural era una fuerza armada que se constituiría en cada provincia «para custodiar la propiedad rural y forestal y velar por la seguridad de la misma». Para su servicio especial dependería de los ministerios de la Gobernación y de Fomento, y su presupuesto estaba a cargo de las diputaciones provinciales afectadas.

Actualmente, la oferta de empleo público, que se aprueba cada año, parte a iniciativa conjunta de las personas titulares de los ministerios de Defensa y del Interior, proponiéndose por parte de quien dirige el Ministerio de Política Territorial, con el informe favorable de la persona al frente del Ministerio de Hacienda y Función Pública y previa deliberación del Consejo de Ministros.

De conformidad con el artículo 6.2.a) del Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza de la Guardia Civil, del total de plazas convocadas para ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias se reserva un mínimo del 40 por ciento a los militares profesionales de tropa y marinería que lleven al menos cinco años de servicios efectivos como tales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.4 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería.