Es necesario recordar a los jefes de comandancia y zona el cumplimiento de la Orden PRA/215/2018 por la que se regulan las funciones, facultades y cometidos de los empleos de suboficial mayor, ya que muchos de ellos no la cumplen.
La Dirección General propone modificar la Orden PRA/215/2018, de 1 de marzo, por la que se regulan las funciones, facultades y cometidos de los empleos de suboficial mayor y de cabo mayor de la Guardia Civil al mismo tiempo que se trabaja el Real Decreto de Plantillas del ejercicio 2025/2029, dado que en este periodo se prevé en la citada norma un aumento significativo de la plantilla de este empleo (40), pasando a tener el empleo de SBMY una plantilla de120 efectivos en 2029.
Para ASESGC este aumento de la plantilla del empleo de SBMY no debe suponer un problema para su distribución en las unidades que establece la Orden PRA (Artículo 7. Despliegue de puestos orgánicos de suboficial mayor) manteniendo sus funciones y cometidos actuales.
Esta Asociación profesional estima conveniente abrir la posibilidad al despliegue de puestos orgánicos de SBMY en las especialidades a nivel Zona y Comandancia, como tráfico e investigación, entre otras.
En contra de lo que opinan otras asociaciones, ASESGC considera que las funciones del Suboficial Mayor en la Guardia Civil, sea cual sea el destino que ocupen, deben mantenerse en la misma línea que se establecen actualmente, matizando algunas de ellas o eliminando aquellas que no tengan relación directa con la finalidad para la que se creó el empleo “referente permanente para los demás miembros de la escala” y “elemento de apoyo y asesoramiento al mando”.
ASESGC ha solicitado la creación de un pabellón de cargo o de una preferencia para la solicitud de pabellón en las unidades donde se establezca una dotación de este empleo, circunstancia que actualmente dificulta de forma notable el ascenso o la petición de destino.
ASESGC solicita la inclusión de la función desarrollada por los SBMY en la modalidad de productividad estructural EAD1, al mismo nivel que los suboficiales jefes de las planas mayores de comandancia y zona.
Igualmente, ASESGC ha solicitado en el grupo de trabajo que por parte de la Dirección General de la Guardia Civil se haga un recordatorio a los jefes de comandancia y zona sobre el cumplimiento de la Orden PRA/215/2018, de 1 de marzo, por la que se regulan las funciones, facultades y cometidos de los empleos de suboficial mayor y de cabo mayor de la Guardia Civil.
En definitiva, frente a lo que defienden otras asociaciones, ASESGC considera que el empleo de SBMY debe mantenerse como referente de todos los miembros de la Escala de Suboficiales y elemento de apoyo y asesoramiento al mando, cumpliendo estrictamente con las importantísimas funciones asignados por orden ministerial.