
La capacidad máxima homologada es de nueve personas. Siete de ellas no hacían uso del cinturón de seguridad
20 de octubre de 2023. La Guardia Civil, en el marco de un punto de Verificación de Alcohol y Drogas, realizado en el kilómetro 13,400 de la carretera N-640, término municipal de Ribadeo (Lugo), identifico a una furgoneta transportando a once personas en su interior, cuando su capacidad máxima es de nueve incluido el conductor.
Estos dos pasajeros de exceso viajaban sobre el regazo de otros dos sin hacer uso del preceptivo sistema de retención homologado, comprobándose que cinco ocupantes más tampoco hacían uso de dicho sistema de retención.
Ante estos hechos se formularon boletines de denuncia por las infraccionas administrativas observadas que fueron remitidos a la Jefatura Provincial de Tráfico de Lugo.
Esta conducta constituye un evidente y grave riesgo para la integridad física de las personas, ya que si el conductor del vehículo tuviese que efectuar un frenazo brusco como consecuencia de alguna incidencia en la circulación o en la vía, quienes no hiciesen uso del cinturón de seguridad podrían impactar bien contra elementos del propio vehículo, o bien contra el resto usuarios, pudiendo incluso salir proyectados hacia al exterior del habitáculo, por no mencionar las trágicas consecuencias que podrían derivarse si viesen implicados en un siniestro vial.
Situación similar se produjo el pasado día 3 de abril, cuando la Guardia Civil sorprendió en el término municipal de Pedrafita do Cebreiro, a la altura del punto kilométrico 432,500, carretera N-6 (Madrid – La Coruña), a cuatro personas que viajaban en la parte trasera de una furgoneta, en la zona reservada para la carga, sentados sobre el material que transportaban y sin hacer uso del obligatorio sistema de retención.
La Guardia Civil recuerda la importancia de respetar las normas generales que hacen referencia al transporte de personas en los vehículos, que no podrán exceder del número de plazas que tengan autorizadas.
Incumplimientos en dicha materia que supongan un exceso superior al cincuenta por ciento del total de número de plazas autorizadas, excluyendo al conductor, motivarán la adopción de la medida restrictiva de inmovilización del vehículo.
Asimismo, las personas deberán emplazarse en el lugar del vehículo acondicionado a tal efecto y en aquellos vehículos autorizados para el transporte de simultáneo de personas y carga, deberán incorporar una protección adecuada a la carga que transporten al objeto de evitar que la misma estorbe a los pasajeros o pueda suponer un riesgo para su integridad física en caso de proyección de la misma.










































































