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Durante la inspección llevada a cabo en uno de los establecimientos de pirotecnia de Asturias, los miembros del equipo de inspección de la Intervención de Armas de la Guardia Civil localizaron un almacenamiento ilegal con un total de 450 kg. de material explosivo. Las dos personas investigadas, tras participar en las diligencias policiales relativas a su situación personal y acogerse a su derecho a no declarar, abandonaron las dependencias oficiales

30 de julio de 2025.- La Guardia Civil de Asturias ha venido observando, cómo aficionados de los equipos de futbol de las principales ciudades asturianas, en especial con motivo de los playoffs de ascenso a Primera División de la Liga Española de Futbol y el final del Campeonado de Segunda División este año, venían realizando un abundante uso de artículos pirotécnicos en las inmediaciones de los campos de futbol.

Este uso se realizaba al recibir y despedir a los respectivos equipos locales. Lo que provocaba unas situaciones de evidente riesgo, debido a las aglomeraciones que se producía en un reducido espacio. Lo observado en imágenes publicadas por medios de comunicación, redes sociales, así como presencialmente por los investigadores, permitió que se determinara que los artículos utilizados en esas concentraciones, eran botes de humo y bengalas, llegando incluso alguna de ellas a ser de uso marino.

Coincidiendo con el inicio de las investigaciones por parte de la Intervención de Armas de la Zona de Asturias, la Guardia Civil puso en marcha a nivel nacional un plan de “control de artículos pirotécnicos de uso en marina”.

Fruto de las inspecciones que se llevaron a cabo, se detectó en una conocida pirotecnia ubicada en Asturias, que cuenta con sedes en otra provincia, la existencia de anotaciones en los libros registros que denotaban un número de entradas y salidas de bengalas para uso marino que llamaron la atención por su elevado número.

Además en su página web se anunciaban bengalas de uso marino sin indicar la categoría reglamentaria a la que pertenecía, algo de suma importancia. Así, en el mes de septiembre de 2024 se llevó a cabo una inspección en todas las instalaciones de dicha pirotecnia, tanto dentro como fuera de Asturias con el fin de recabar más información para poder analizar.

Posteriormente en una segunda inspección en el mes de febrero del 2025 en las instalaciones de la pirotecnia en Asturias, se detectó un almacenamiento ilegal de 450 kg. de masa explosiva en una zona de la empresa no autorizada para ello y que estaba destinada para la venta de artículos de fiesta.

Este almacenamiento de artículos pirotécnicos, tampoco cumplía las mínimas medidas de seguridad industrial que determina el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, ya que contenía en el mismo espacio artículos pirotécnicos sin catalogar, es decir no incluidos en el reglamento, junto con otros que si lo estaban. Como resultado tanto de las inspecciones realizadas como del análisis de del contenido de los libros de registro, se detectaron importantes irregularidades en los asientos, que fueron considerados constitutivo de un delito de falsedad documental, sobre todo si tenemos en cuenta que los libros registros tienen la consideración de documento oficial.

Con el fin de profundizar en la investigación, se inspeccionó también el libro registro de la empresa vendedora de las bengalas de uso marino que proveía a la pirotecnia investigada. El cruce de datos de los distintos libros, permitió conocer la existencia de anotaciones ficticias, como era la venta de bengalas de uso marino en espectáculos pirotécnicos de Ayuntamientos.

Llevaban a cabo movimientos de estos artículos entre los tres establecimientos que posee esta pirotecnia, realizando anotaciones con errores y omisiones lo que provocaba que se perdiera la trazabilidad de los artículos, simulando la venta de bengalas de uso marino y artículos de peligrosidad media para uso al aire libre en zonas de gran superficie. No se registraban los artificios de la categoría 4, es decir aquellos de alta peligrosidad que deben ser utilizados por personas expertas. Estos artificios son los más utilizados por las empresas de pirotecnia.

Con respecto a los botes de humo, hasta agosto de 2024, que se inspeccionó no se registraban las ventas de este tipo de productos. Esto permitió comprobar posteriormente las importantes ventas de estos artificios, coincidiendo con el aumento en el uso de estos botes en las inmediaciones de los campos de futbol más importantes de Oviedo y Gijón. De hecho se anunciaban en su página web botes de colores azul y rojo. Ocurría lo mismo con los artículos localizados en el almacenamiento ilícito, cuya manipulación o utilización está reservado exclusivamente para expertos. Los investigados los adquirían a un suministrador, el cual los registraba de salida de forma correcta en su libro registro y con destino a la pirotecnia investigada.

Estos a su llegada los registraban en su libro con una anotación genérica en otra categoría que no le corresponde y de menor peligrosidad con ello la trazabilidad quedaba camuflada. Posteriormente dichos productos al ser vendidos no se anota su salida. Finalmente, el pasado día 22 de julio efectivos de la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Guardia Civil de Asturias, tras llevar a cabo las diligencias policiales correspondientes, procedieron a citar e investigar a las dos personas responsables de la pirotecnia, de 54 y 55 años, vecinos de León y Oviedo respectivamente.

Paralelamente y desde el punto de vista administrativo por parte de la Intervención de Armas de la Zona de Asturias se han tramitado diversas propuestas de sanción por infracción a la Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana en concordancia con el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, por el almacenamiento de materia reglamentada en lugar no habilitado, por irregularidades en la cumplimentación de los libros registros, por el comercio y distribución incumpliendo la normativa de aplicación de artículos pirotécnicos de las categorías F4 y P2 y artículos sin marcado CE y por venta ambulante de artificios pirotécnicos en las inmediaciones de los campos de futbol. Tipo de material y peligrosidad

El tipo de material al que se viene haciendo referencia se encuentran catalogados en el reglamento mencionado de acuerdo a su peligrosidad, uso y exigencia de persona experta o profesional en su manejo. Así, las bengalas pueden ser de la categoría T1 o F2, ambas de baja peligrosidad y diferentes usos, pero también están las de uso marino, de mayor peligrosidad y concebidas para uso exclusivo en el medio marino y para aquellas finalidades para las que fueron concebidas. De ahí la importancia a la hora de anunciarlas en la página web que se determinara su categoría.

El etiquetado de dichos artículos pirotécnicos establece la prohibición de uso en las proximidades de terceras personas, así como mantener una distancia mínima de 20 mts. todo ello con el fin de evitar lesiones.

Finalmente los artículos que se localizaron en un almacén ilícito eran de las categorías F4 y P2 de alta peligrosidad y solo pueden ser utilizados por expertos.

ASOCIACIÓN HISTÓRICO-CULTURAL "FIEL en el DEBER"