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Fotografía recurso guardia civil

Se presentó al examen teórico para obtener el permiso de conducción en nombre de otra persona con documentación falsa

22 de julio de 2026: La Guardia Civil ha detenido a una persona, un hombre de 36 años, a quien se le atribuye la supuesta comisión de un delito de usurpación del estado civil al suplantar la identidad de otra persona y presentarse al examen teórico para obtener el permiso de conducción, clase B, en su nombre portando documentación falsa.

Dentro del marco de colaboración establecido entre la Jefatura Provincial de Tráfico de Cáceres y la Guardia Civil, agentes del Subsector de Tráfico de Cáceres desarrollan servicios específicos de vigilancia de las aulas, y de control y supervisión de los aspirantes que se presentan a los exámenes para la obtención de los diferentes permisos de conducción.

El pasado viernes, día 17 de julio, durante el desarrollo de uno de estos servicios, que tuvo lugar en la sede de Plasencia (Cáceres), los agentes descubrieron infraganti a un individuo cuando realizaba el examen para recuperar el permiso de conducción, de la clase B, en nombre de otra persona.

Al requerirle el documento acreditativo de identidad, y tras realizar las oportunas comprobaciones, observaron que se trataba de un documento de identidad falso.

Por este motivo, los agentes detuvieron al hombre como presunto autor de un delito de suplantación de identidad al realizar el examen teórico para la obtención del permiso de conducir en nombre de otra persona, aportando un documento de identidad falso.

Con esta actuación conjunta de la Guardia Civil y de la Jefatura Provincial de Tráfico de Cáceres, se ha impedido que una persona obtenga el permiso de permiso de conducción de forma fraudulenta.

Las diligencias policiales instruidas han sido remitidas a la autoridad judicial competente en Plasencia (Cáceres).

CONSECUENCIAS PENALES

Este tipo de conductas pueden tipificarse como la presunta comisión de un delito falsedad documental, tipificado en el Artículo 392 del Código Pena, castigado con penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses; así como de un delito contra la seguridad vial por generar un grave riesgo para la circulación, previsto en el Artículo 385 con penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a veinticuatro meses.

CONSEJOS Y RECOMENDACIONES

La Guardia Civil destaca que este tipo de actuaciones ponen en riesgo la seguridad en las carreteras, ya que permiten que personas sin la preparación necesaria puedan acceder a autorizaciones profesionales para la conducción de vehículos.

Cuando una persona obtiene un permiso o una capacitación para conducir, aporta a la sociedad la garantía que tiene conocimiento de las normas que regulan la circulación y que ha recibido formación y aptitudes sobre una conducción segura.

ASOCIACIÓN HISTÓRICO-CULTURAL "FIEL en el DEBER"