El 2 de septiembre de 1845 se da cuenta a la Reina Isabel II del servicio realizado por el Guardia de Infantería Tomás Villa, del Puesto de Aspe (Alicante), consistente en la localización y entrega de una persona puesta en requisitoria, dándose la circunstancia que se trataba de su propio hermano, lo que no le impidió cumplir con su deber. Su actuación, considerada meritoria, fue premiada con la concesión de la Cruz de Isabel II.
En la vertiente de prevención, al Duque de Ahumada le interesaba la vigilancia de caminos y poblaciones, la protección de carruajes, el cuidado de la caza, la pesca, el uso de las armas y el control de desertores y prófugos.
El guardia civil ostentaba la condición de agente de policía judicial y los servicios de los guardias debían de garantizar la seguridad ciudadana con integridad y sin paliativos, por lo que actuaciones como la del Guardia de Infantería Tomás Villa era meritorias y ejemplarizantes.
Actualmente, sin perjuicio de la actuación de distintas Unidades del Cuerpo en función de la entidad y peligrosidad del requisitoriado, el “Equipo de Huidos de la Justicia”, en el seno de la UCO, es el encargado de la investigación, persecución y localización de personas requeridas por la justicia. De manera genérica suelen trabajar conjuntamente con Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como con Autoridades Judiciales, tanto nacionales como extranjeras.