
El conductor del VMP arrojó positivo en THC y cocaína en la prueba de detección de drogas y el conductor de la bicicleta tasa superior a 0.60 mg/l en la prueba de alcoholemia.
09/02/2023 La Guardia Civil observo a la altura del kilómetro 88,500 de la N-640, la circulación de un vehículo que aparentemente podría tratarse de un vehículo de movilidad personal (VMP), por lo que procedieron a su parada dado que este tipo de vehículos desde la promulgación de la Ley 18/2021 tiene prohibida la circulación “…por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado…”.
Una vez identificado se somete al conductor, un varón de 26 años y vecino de Lugo, a las pruebas regladas para detección de consumo de drogas, arrojando esta prueba indiciaria un resultado positivo en consumo de cocaína y THC, siendo éste posteriormente confirmado por laboratorio.
Se procede a formular propuesta de sanción al conductor por conducción con presencia de drogas en el organismo, sancionado con 1000 €, así como por circular por vía interurbana con el VMP, sancionado con 200 €.
Por otra parte, el conductor de la bicicleta, un varón de 37 años vecino de Abadín (Lugo), fue identificado circulando sobre las 00:20 horas del pasado día 29 de enero, en el kilómetro 603 de la N-634, sin hacer uso de ningún tipo de alumbrado ni prenda reflexiva.
Tras darle el alto, fue sometido a las pruebas de detección alcohólica, arrojando unas tasas superiores a 0.60 mg/l, tasas que de haber conducido un vehículo a motor o ciclomotor hubiesen supuesto su investigación penal por el resultado tan elevado arrojado.
A la vista del resultado de las pruebas de impregnación alcohólica realizadas, que de acuerdo con la legislación vigente son constitutivas de una infracción administrativa, procediendo a formular denuncia al conductor por conducción superando las tasas de alcohol máximas permitidas, sancionado con 1000 €.
La Guardia Civil recuerda que tanto los conductores de VMP como de bicicletas entre otras obligaciones y prohibiciones no pueden circular por las aceras y demás zonas peatonales, estando sus conductores obligados a someterse a las pruebas de presencia de drogas en el organismo y de detección alcohólica, prohibición de utilización del teléfono móvil durante la conducción, del mismo modo no pueden hacer uso de auriculares y están obligados al empleo de alumbrado o prendas reflexivas de noche o en circunstancias de visibilidad reducida, no estando permitido circular dos personas en el caso de los VMP.










































































