
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha estimado el recurso de un guardia civil destinado en el Puesto de Tarifa y ha reconocido su derecho a percibir la productividad por trabajo nocturno correspondiente al año 2021. La sentencia obliga a la Dirección General de la Guardia Civil a abonarle las cantidades que dejó de recibir, más los intereses legales.
El agente realizó 61 servicios nocturnos a lo largo de ese año, un número que, según la normativa anterior, le daba derecho a ser considerado trabajador nocturno. Sin embargo, la Administración le denegó esa retribución amparándose en la Orden General 4/2021, que modificó el sistema de pago de los servicios nocturnos y suprimió el abono vinculado a la modalidad O2.
La Sala ha anulado esa resolución y ha fallado a favor del guardia civil después de que el Tribunal Supremo declarara en mayo de 2025 la nulidad de la Orden General 4/2021. Al quedar sin efecto esa norma, recupera su vigencia la regulación de 2014 en la que se basaba la reclamación del agente.
“Desaparecido el único argumento utilizado por la Administración para denegar la solicitud, procede reconocer íntegramente el derecho reclamado”, concluye el tribunal.
Esta sentencia supone un nuevo revés judicial para la Dirección General de la Guardia Civil en materia retributiva.
Además, abre la puerta a que otros guardias civiles que realizaron un número significativo de servicios nocturnos en 2021 puedan reclamar las cantidades que no percibieron tras la aplicación de una normativa que finalmente fue anulada por el Supremo.










































































