icono FACEBBOK icono TWITTER icono TWITTER icono YOUTUBE icono CARTAS AL DIRECTOR icono_INSTAGRAM.jpg icono DIRECCION icono DIRECCION

cabeceratribunabenemerita

control guardia civil trafico marca de agua

Varios usuarios de la vía se pusieron en contacto con la Guardia Civil a través de tfno. 062 para informar de la conducción irregular de la mujer. La conductora arrojó un resultado de 1.28mgr/l, cuando la tasa máxima permitida para el conductor de un turismo es de 0,25mgr/l

21 de diciembre de 2022: La Guardia Civil del Sector de Tráfico de Asturias, interceptó e imputó como investigada a una mujer de 45 años de edad y vecina de Oviedo, que conducía con una tasa del alcohol en aire expirado que quintuplicaba la tasa legalmente establecida.

Gracias a la colaboración ciudadana, en forma de varias llamadas recibidas a través del teléfono 062, la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de Asturias tuvo conocimiento de que un vehículo que circulaba desde el concejo de Salas-Asturias hacia Oviedo lo hacía con una conducción irregular. Tras tener conocimiento, la Central Operativa de Tráfico de la Guardia Civil de Asturias (COTA) coordinó inmediatamente un dispositivo en el que participaron varias patrullas, localizando al vehículo en el pk 9,500 de A-63 sentido Oviedo, a la altura de Sestiello.

En este punto, la conductora del turismo intentó continuar circulando a pesar de las señales de los Guardias Civiles para que se detuviera, logrando finalmente la patrulla del Destacamento de Salas interceptar y detener al vehículo

La patrulla del Destacamento de Tráfico de Oviedo realizó a la conductora la pertinente prueba de alcoholemia, arrojando un resultado de 1,28 mgr/l en la primera prueba y 1,26 mgr/l en la segunda prueba, cuando la tasa máxima que está permitida para el conductor de un turismo es de 0,25 mgr/l aire expirado.

La Guardia Civil de Tráfico de Oviedo instruyó las diligencias que fueron remitidas al Juzgado de Guardia de Oviedo, imputando a la conductora del vehículo un delito contra la seguridad vial recogido en el art. 379.2, donde se establecen unas penas de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y en cualquier caso, con la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

ASOCIACIÓN HISTÓRICO-CULTURAL "FIEL en el DEBER"