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el tarajal ceuta

La Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Ceuta ha desestimado los recursos presentados por varias ONG tras el archivo del caso Tarajal.

El juzgado de instrucción número 6 de la ciudad autónoma concluyó en octubre el carpetazo de la causa en la estaban procesados 16 guardias civiles por evitar un intento de entrada ilegal a España en el que murieron ahogados 14 inmigrantes el 6 de febrero de 2014.

Después de haber ordenado la reapertura de la causa en dos ocasiones, el órgano judicial superior ha confirmado esta vez el sobreseimiento del caso. Según el auto: “No hay prueba indiciaria que contradiga la afirmación de que la actuación policial se ajustó a los principios básicos exigibles para estas intervenciones”

Los magistrados concluyen que el operativo de la Guardia Civil se realizó “con la utilización de medios de control de masas de forma adecuada y proporcional a las circunstancias del caso”.

La Corte descarta acusar de homicidio imprudente a todos los agentes imputados por una posible mala actuación de alguno de los miembros del Instituto Armado.

Sobre la denegación de auxilio a los migrantes que trataban de rodear el espigón a nado, la Audiencia Provincial descarta que los agentes imputados tuviesen el deber de auxiliarles. “Los guardias civiles que estaban en el espigón o la playa, no tenían obligación de socorrer a los nadadores”, sentencian los tres magistrados de la Sala. La Corte justifica que “no se ha acreditado que los mismos les hicieran algún requerimiento al respecto” ni “existe prueba alguna de que en su presencia, en la parte española, se estuviera nadie ahogando ni en peligro”.

Los jueces mencionan una serie de grabaciones que, según concluyen, “corroboran” que los guardias civiles de tierra como los del servicio marítimo, “mostraron en todo momento una actitud de ayuda a los inmigrantes que se encontraban en la zona española, rescatando desde la patrullera a todos los que no se dirigieron a la orilla”.

Otro de los argumentos de la Audiencia para declarar el sobreseimiento de la causa apunta al hecho de que no se registrasen heridos en el lado español de la frontera tras la llegada a la playa de parte de los inmigrantes que intentaron acceder de forma ilegal.

El Tribunal sostiene que no se produjo ningún fallecimiento en la parte española, “ya que los cadáveres aparecieron días después y no hay constancia alguna de que estas personas se ahogaran en aguas españolas, siendo más acorde con todo lo expuesto que los ahogamientos se produjeran en la parte marroquí”.

El auto señala que, en la playa, los migrantes que lograron pisar la playa ceutí antes de ser devueltos “fueron tratados en general con consideración”. Para los tres jueces, la actuación de los agentes “contrasta con las pedradas que posteriormente, una vez en Marruecos, lanzaron algunos de ellos contra la Guardia Civil quizás debido a una comprensible frustración por no haber conseguido su objetivo, pero que no justificaba semejante agresión a los agentes de la autoridad”. 

Los hechos sucedieron el 6 de febrero de 2014. El vallado de Ceuta sufrió un asalto organizado en el que participaron 250 inmigrantes. Los guardias civiles desplegados en la frontera taponaron los puntos claves del vallado, lo que hizo que un parte de ese grupo de inmigrantes se dirigiese hacia el espigón de la playa de El Tarajal para tratar de acceder a nado a territorio español. Terminaron muriendo una quincena de inmigrantes ahogados.