
Un establecimiento de higiene y belleza de animales de compañía realizaba tratamientos de profilaxis dentales. Los tratamientos se realizaban sin intervención- supervisión de facultativo colegiado y sin cumplir las garantías de bienestar animal
03 de septiembre de 2025.- Agentes de la Guardia Civil pertenecientes Equipo de Protección de la Naturaleza (EPRONA), investigan a una mujer, vecina de Granadilla, acusada de un delito intrusismo laboral-profesional.
Los agentes tienen conocimiento de que un establecimiento dedicado a la peluquería canina, podría estar realizando actividad no compatible con su trabajo por lo que, inician una investigación y a raíz de la información y documentación obtenida a lo largo de la misma, se procede a realizar una inspección en el local.
Durante la inspección se puede comprobar que en el establecimiento se llevan a cabo esos tratamientos, profilaxis dental sin anestesia, se localiza material utilizado en los mismos, herramientas e instrumentos quirúrgicos, gasas, vendas, y hasta un medicamento de uso en humanos, entre otras cosas.
Los agentes solicitan diversos informes técnicos uno al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses para analizar el producto farmacéutico localizado durante el registro, el cual según se certifica no es apto para utilizarlo en animales y otro al Facultativo Colegiado Veterinario, para certificar el intrusismo laboral, ya que ese tipo de procedimientos debe ser realizado por veterinarios bajo anestesia general.
Como resultado de las investigaciones llevadas a cabo, se comprueba que se estaba realizando esa práctica ilícita, por lo que se procede a la investigación de una persona acusada de delito de falsedades (intrusismo laboral), por ejercer profesión sin titulación reglada habilitante, así como tres denuncias administrativas en materia de sanidad animal-protección animal, uso de medicamentos y de actividades clasificadas.
La investigación continúa abierta para el análisis de la documentación.
Legislación
Infracción Penal.
Código Penal. Delito de falsedades (intrusismo laboral Art.403), pena de prisión de seis meses a 2 años, pena de multa de doce a veinticuatro meses.
Infracciones Administrativas.
Ley 8/1991, de 30 de abril, de protección de los animales, Infracciones graves y muy graves multa 150.1 a 15.000 euros.
Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias. Multas de hasta 30.000 euros. Clausura del establecimiento, cese definitivo o revocación de la licencia o título habilitante. Suspensión temporal.
Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. Infracciones graves con multa 30.001 a 90.000 euros. Medidas accesorias como cierres de establecimiento.













































































