
Dos de los conductores arrojaron tasas que triplicaron el máximo permitido, uno tras sufrir un siniestro vial, otro tras cometer una infracción, y un tercero se negó a la realización de las pruebas de alcohol.
20 de marzo de 2023.- La Guardia Civil tienen conocimiento la madrugada del pasado día 16 de un siniestro vial ocurrido a la altura del kilómetro 506 de la autovía A6, término municipal de Outeiro de Rei (Lugo).
A los pocos minutos una patrulla se personó en el lugar, comprobando que un vehículo había sufrido un siniestro vial consistente en una salida de vía por el margen derecho quedando éste ocupando el carril izquierdo en el sentido de la marcha, por lo que inicialmente se procedió a asegurar la zona y alertar al resto de servicios de emergencia.
El conductor, un vecino de Vilalba (Lugo), de 42 años de edad, arrojó en las pruebas de detección alcohólica una tasa tres veces superior al máximo establecido, que para conductores en general es de 0.25 mg/l.
Mientras los agentes efectuaban labores de señalización y apoyo al Equipo de Atestados en el siniestro anterior, observaron a un vehículo que circulaba haciendo uso del alumbrado de largo alcance produciendo deslumbramiento al resto de conductores y a los propios agentes que prestaban el auxilio en el lugar del siniestro, por lo que procedieron a su parada e identificación.
El conductor, en este caso un vecino de Abadín (Lugo), de 57 años de edad, se sometió a las pruebas de detección alcohólica, arrojando igualmente unas tasas tres veces superior al máximo establecido.
A la vista del resultado de las pruebas de impregnación alcohólica realizadas, que de acuerdo con la legislación vigente son de por si constitutivas de ilícito penal, por la comisión de un presuntos delitos de conducción superando las tasas de alcohol legalmente establecidas, confeccionando las oportunas diligencias para el Juzgado de Instrucción de Guardia de Lugo (Lugo).
Tras finalizar la actuación anterior, el Equipo de Atestados se trasladó a la LU-P-1611, a la altura del kilómetro 67.500, al objeto de atender la solicitud de otro conductor que había requerido presencia policial por haber reventado un neumático como consecuencia de circular anteriormente por el lugar del siniestro al inicio relatado (salida de vía kilómetro 506 de la A6).
A la llegada de los agentes, el conductor que resultó ser un vecino de A Coruña, de 35 años de edad, se negó a la realización de las preceptivas pruebas de detección alcohólica, por lo que se procedió a su investigación por la supuesta comisión de un Delito Contra la Seguridad Vial por la negativa de someterse a las pruebas de detección alcohólica en los casos reglamentariamente establecidos.
En este caso las diligencias instruidas se hicieron entrega en el Juzgado de Instrucción de Guardia de Vilalba (Lugo).
Por otro lado, el pasado día 18 sobre las 23:40 horas en el kilómetro 0.100 de la LU S/N, en el término municipal de Láncara, se produjo otro siniestro vial, consistente en una salida de vía por el margen derecho y posterior vuelco. Es éste siniestro el conductor, un varón de 73 años y vecino de O Páramo (Lugo), el cual arrojo tasas de alcohol que duplicaban ampliamente las tasas de alcohol reglamentariamente establecidas. Por este hecho fue investigado por un Delito Contra la Seguridad Vial y las diligencias entregadas en el Juzgado de Sarria (Lugo).
La Guardia Civil recuerda que la conducción de un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de bebidas alcohólicas, y en todo caso cuando se condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
En el caso de la negativa a someterse a las pruebas de detección de alcohol y/o drogas, el Código Penal establece unas penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.










































































