El 31 de enero de 1868 se creó, mediante Ley, la Guardia Rural. Su misión era custodiar la propiedad rural y forestal y velar por la seguridad de esta.
Se organizó militarmente y, aunque era un Cuerpo independiente, sus jefes, oficiales y sargentos pertenecían a la Guardia Civil, por lo que orgánicamente se decidió que dependiese del Director General del Cuerpo.
Desde la época de la fundación de la Guardia Civil se contemplaban cometidos de policía rural (vigilancia de la caza, pesca y los montes), tal y como se recoge en la Cartilla del Guardia Civil de 1845. Sin embargo, la escasa plantilla de los primeros años y las prioridades de reducir la criminalidad, especialmente en las vías de comunicación y poblaciones, motivó la conveniencia de establecer una fuerza específica y exclusiva para tales cometidos propios de zonas despobladas.
Por ello, la Guardia Rural se considera el primer antecedente directo del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA). Su existencia fue efímera, pues se disolvió en octubre de aquel mismo año. Entonces, todo el personal, tanto los mandos, que provenían del Cuerpo, como los “Guardias Rurales”, que dejaron de serlo, pasaron a formar parte de la Guardia Civil.
La actividad que realizaba la Guardia Rural se asignó al nuevo “Personal subalterno encargado de la custodia y fomento de los montes”, organizado por Decreto de 27 de diciembre de dicho año.
En 1876, por Ley de 7 de julio, se asignó definitivamente a la Guardia Civil el cometido de servicio de seguridad y policía rural y forestal, sustituyendo al personal anterior. Con tal fin se realizó un importante aumento de plantilla y se modificó el Reglamento del Cuerpo, que databa de 1852, para añadir una dependencia directa de la Guardia Civil del Ministerio de Fomento en lo relativo a guardería rural-forestal.
Desde entonces, el ámbito de policía rural y forestal se ha atendido como una misión fundamental, propia de la Guardia Civil, en paralelo a la propia de seguridad ciudadana.
En 1988, mediante Orden General número 72, de 21 de junio, se creó la Especialidad del SEPRONA al objeto de desarrollar la función material especifica asignada al Cuerpo en la Ley Orgánica 2/86, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de “velar por el cumplimiento de las disposiciones que tiendan a la conservación de la naturaleza y medio ambiente, de los recursos hidráulicos, así como de la riqueza cinegética, piscícola forestal y de cualquier otra índole relacionada con la naturaleza”.
Tras la última modificación realizada por la Orden PCM/509/2020, de 3 de junio, por la que se regulan las especialidades en la Guardia Civil, la especialidad ha pasado a denominarse “Protección de la Naturaleza”. Recientemente, y como colofón a la apuesta del Cuerpo por incluir la investigación criminal y la cooperación internacional como aspectos indisolubles a la protección del medio ambiente, la Orden PCM/59/2022, de 2 de febrero, creó en el marco del SEPRONA la Oficina Central Nacional de Análisis de Información sobre Actividades Ilícitas Medioambientales.