El 4 de diciembre de 1933 se regula mediante Orden el derecho al percibo por las clases de tropa de la Guardia Civil de la gratificación de efectividad creada por el artículo noveno del Decreto de 28 de julio de este año, cuyo espíritu de concesión está inspirado en premiar la constancia en los servicios prestados en el Instituto de la Guardia Civil.
En el propio Decreto “se cifra como sueldo del guardia segundo del Instituto, al ingreso, el de 3.100 pesetas anuales; el de los cabos, en 3.465, y el de los sargentos, en 3.830. Como bonificación del servicio se asigna a los sargentos 500 pesetas anuales y a los cabos 350, a los guardias, cornetas y trompetas, 275, y en concepto de gratificación de efectividad, a todos ellos, la cantidad de 375 pesetas por cada quinquenio percibidas por doceavas partes de la anualidad correspondiente".
La Real y Militar Orden de San Hermenegildo reconocía desde su fundación, en 1814, la Constancia en el Servicio de los Oficiales con la concesión de condecoraciones pensionadas. En el año 1858 reconocía este mérito a los suboficiales y finalmente en 2002, a las clases de tropa del Ejército y de la Guardia Civil.
En el año 1994, a raíz de la entrada en vigor de un Real Decreto, las nuevas concesiones dejarían de percibir pensión alguna, mientras que las ya concedidas serían vitalicias, si bien se congeló su cuantía mensual: Año 1993: Constancia 30 años 6,53€ 25 años 5,93€ 20 años 3,95€












































































